IRAE para servicios personales: opción, anticipos y vencimientos 2026
Revisada el 19 de octubre de 2026
Si trabajás por tu cuenta, por defecto tributás IRPF. Pero podés elegir IRAE, y si tus ingresos crecen mucho, pasás a IRAE sí o sí. Acá está lo que cambia: cómo se elige, cuánto se adelanta cada mes y cuándo vence.
Cómo se elige IRAE
- La opción se comunica dentro de los primeros 3 meses desde que empezás la actividad, o pagando el primer anticipo de IRAE del ejercicio. Si optás más tarde, rige desde el ejercicio siguiente.
- Una vez que elegís IRAE, te quedás al menos 3 ejercicios. Después podés volver a IRPF.
Cuándo es obligatorio
Si los ingresos de un ejercicio superan 4.000.000 UI (a la cotización del cierre), pasás a IRAE desde el primer mes del ejercicio siguiente, sin plazo mínimo. Si los ingresos vuelven a bajar del tope, podés volver a IRPF. Con más de 4.000.000 UI también es obligatorio llevar contabilidad suficiente.
Cuánto se paga
La tasa del IRAE es del 25% sobre la renta neta. Quien no está obligado a llevar contabilidad suficiente puede liquidar por renta ficta: la renta neta es un porcentaje fijo de los ingresos, según una escala del Decreto 150/007 (art. 64). La escala tuvo cambios, así que confirmá la vigente con tu contador.
Anticipos mensuales
Aunque antes tuvieras IVA bimestral, con IRAE los anticipos son mensuales:
- Primer ejercicio: el 12% de los ingresos del mes, o el pago mínimo si es mayor.
- Ejercicios siguientes: se divide el impuesto del ejercicio anterior entre sus ingresos, y ese porcentaje se aplica a los ingresos de cada mes. Se descuentan las retenciones y otros pagos a cuenta.
El pago mínimo de 2026 (Decreto 310/025) depende de los ingresos del ejercicio anterior, medidos en veces el límite del literal E (305.000 UI, a 6,4234 por UI al 31/12/2025):
| Ingresos del ejercicio anterior | Pago mensual mínimo |
|---|---|
| Hasta 1,5 veces | $ 6.840 |
| Más de 1,5 hasta 3 veces | $ 7.740 |
| Más de 3 hasta 6 veces | $ 8.460 |
| Más de 6 hasta 12 veces | $ 11.360 |
| Más de 12 hasta 24 veces | $ 15.390 |
| Más de 24 veces | $ 19.240 |
Vencimientos 2026
Los anticipos de IRAE y el IVA mensual vencen juntos, según el calendario general de DGI (ordinal NO CEDE), y se pagan con el boleto 2908. Cada fecha corresponde al mes anterior:
| Mes | Vence |
|---|---|
| Enero | 26/1 |
| Febrero | 25/2 |
| Marzo | 25/3 |
| Abril | 27/4 |
| Mayo | 25/5 |
| Junio | 25/6 |
| Julio | 28/7 |
| Agosto | 27/8 |
| Setiembre | 25/9 |
| Octubre | 26/10 |
| Noviembre | 25/11 |
| Diciembre | 28/12 |
Declaración anual
Se presenta con el formulario 1050 (aplicativo PADI) en el cuarto mes después del cierre: para el ejercicio cerrado en diciembre de 2025, el 27/4/2026. Del impuesto del año se descuentan los anticipos y las retenciones; si queda saldo a favor, se puede pedir la devolución.
Lo que cambia con el IVA
Con IRAE ya no podés usar la declaración de IVA de servicios personales (formulario 1302, bimestral): pasás al régimen general, con IVA mensual. Tampoco aplica el régimen de pequeña empresa (literal E) a servicios personales que eligieron IRAE.